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PARA SU SEGURIDAD, CONTRATE SIEMPRE EMPRESAS Y PROFESIONALES DEL SECTOR
La prestación de servicios o ejecución de obras de piscinas, instalaciones acuáticas por personas no "profesionales" para estos trabajos constituye un riesgo considerable, ya que el contratista (comunidad), particular o empresa puede verse obligado por Ley a asumir las responsabilidades por accidentes de los operarios de piscinas y los daños y perjuicios de puedan ocasionarse en la prestación del servicio.

Permítanos recordarle la última modificación de normativa ESTATAL de piscinas (RD 742/2013), en su artículo 4, apartado 2: ?Una vez iniciada la actividad, el funcionamiento de la piscina es una responsabilidad exclusiva del titular que deberá, por tanto, observar y cumplir las exigencias derivadas de esta norma y demás disposiciones vigentes sin perjuicio de que la administración competente establezca las medidas de vigilancia que estime pertinentes.?
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